
• Fotocopia del DNI del titular del vehículo por ambas caras
• Ficha técnica
• Permiso de circulación
• Firmada por el titula
• Permiso de Circulación original
• Tarjeta de Inspección Técnica original
• Certificado de defunción
• Declaración de herededos o testamento (en el cual se vean los herederos)
• DNI original (de los herederos). En caso de ser varios herederos, tendrán que acudir todos a firmar o sino traer el DNI compulsado de los que no puedan venir y autorización
• Firmada por todos
• Permiso de Circulación original
• Tarjeta de Inspección Técnica original
• DNI del representante (persona que venga a firmar)
• Fotocopia de la tarjeta del C.I.F.
• Sello de la empresa
• Firmada por todos
• Permiso de Circulación original
• Tarjeta de Inspección Técnica original
• Certificado de disolución de la sociedad (Registro Mercantil)
• DNI del representante
• Extravío de documentación
En caso de que el titular no pueda estar presente en el momento de la recogida, es necesario cumplimentar este documento para autorizar a otra persona a realizar la entrega y gestión del vehículo en su nombre. Descárgalo, complétalo y adjúntalo junto con la copia del DNI correspondiente.
La baja definitiva es el trámite mediante el cual un vehículo queda retirado oficialmente del Registro de la DGT y deja de estar autorizado para circular. Este proceso se realiza a través de un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT), donde el vehículo es descontaminado y gestionado conforme a la normativa medioambiental vigente.
En el caso más habitual, es necesario presentar el DNI en vigor del titular, el permiso de circulación y la ficha técnica del vehículo. Si el trámite lo realiza otra persona, deberá aportar una autorización firmada junto con las copias correspondientes de los documentos de identidad.
La gestión la realiza el Centro Autorizado de Tratamiento una vez recibido el vehículo. El CAT emite el certificado de destrucción y comunica la baja al registro correspondiente, evitando que el titular tenga que desplazarse a la administración.
Es el documento oficial que acredita que el vehículo ha sido entregado, descontaminado y gestionado correctamente. Este certificado es necesario para justificar la baja ante la compañía aseguradora y realizar las gestiones relacionadas con impuestos o responsabilidades asociadas al vehículo.
Una vez completado el proceso, el vehículo queda fuera de circulación de forma definitiva y deja de generar obligaciones administrativas o fiscales. El titular recibe la documentación que acredita que la baja ha sido realizada correctamente.
La baja definitiva ante la DGT no tiene coste administrativo cuando el vehículo se entrega correctamente en un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT). El posible coste del servicio depende de la retirada del vehículo y de la gestión realizada. En Hierros y Metales Ángel te ofrecemos un presupuesto personalizado y transparente según el tipo de vehículo y servicio requerido.
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